Certificado Digital COVID: todo lo que debes saber sobre el 'Pasaporte COVID' para viajar este verano
Gracias a un código QR, o un certificado en papel, permitirá saber si una persona está vacunada contra la COVID-19, si ha superado una prueba PCR o test de antígenos (con resultado negativo), o si es inmune tras haber contraído la enfermedad.
Mientras que nuestro país y el resto de Europa continúan avanzando en el plan de vacunación contra el SARS-CoV-2 (el virus causante de la COVID-19), la reducción en el porcentaje de contagios y fallecidos parece abrir una puerta para la esperanza, a la espera de que finalmente llegue la tan ansiada inmunidad colectiva.
Pero, mientras alcanzamos cifras de vacunados que hagan soñar con la inmunidad de grupo, las fronteras de muchos países están comenzando a abrirse a pesar de la pandemia, mediante distintas medidas enfocadas a reactivar la economía y el sector turístico.
Un buen ejemplo lo encontramos en el popularmente conocido como pasaporte COVID-19, que finalmente ha sido bautizado con el nombre de certificado digital europeo COVID, el cual entrará en vigor el próximo 1 de julio. Pero, ¿en qué consiste realmente y cómo funcionará?
¿Qué es el certificado digital europeo Covid?
El conocido como certificado digital europeo COVID (o Certificado COVID Digital de la Unión Europea) es una especie de pasaporte de salud cuyo objetivo principal es el de facilitar la libertad de movimiento durante la pandemia de coronavirus y contribuir, sobre todo, a un levantamiento gradual de las diferentes restricciones llevadas a cabo por los diferentes países.
Como conoceremos de forma detallada en el próximo apartado, certificará que su titular ha sido vacunado contra el coronavirus, o que se ha realizado recientemente una prueba (PCR o test de antígenos) con resultado negativo, o que se ha recuperado de la infección en los últimos seis meses.
En la práctica, por tanto, consistirán en tres certificados separados. Eso sí, el marco europeo común permitirá a los diferentes Estados miembros la emisión de los certificados que, posteriormente, serán aceptados en todos los demás países de la Unión Europea.
Además, la regulación relativa a este certificado digital deberá estar vigente por un período de doce meses. Eso sí, no será un requisito previo para el ejercicio del derecho a la libertad de circulación, y no será considerado como un documento de viaje.
Estará disponible a partir del 1 de junio, siempre y cuando los distintos países miembros estén en condiciones reales de empezar a usarlo. En caso contrario, la entrada en vigor oficial está prevista para el 1 de julio. No obstante, se establecerá un período de transición de seis semanas que permitirá a los diferentes países adaptarse.
¿Qué información contiene exactamente este certificado?
Se trata de un certificado reconocido y legible en toda la Unión Europea, el cual será emitido de manera digital o en papel de forma totalmente gratuita. En la práctica, serán tres certificados separados, que diferirán en función de la información que contengan.
Por lo tanto, habrá un certificado de vacunación, un certificado en el que se especifique el resultado de la prueba, o un certificado donde se mencione si se ha tenido el coronavirus y, por tanto, la persona se haya curado. Dicho de otra forma, recopilará tres tipos de datos inmunológicos: prueba de vacunación, PCR negativa o pruebas de antígeno y certificados de remisión de la COVID-19.
La validez de las pruebas no está armonizada, por lo que es decisión de cada Estado Miembro (actualmente varían de 24 a 72 horas antes de la llegada).
Respecto a las vacunas, los diferentes Estados Miembros deben aceptar certificados de vacunación emitidos en otros países de la Unión Europea a personas que hayan sino inoculadas con una vacuna aprobada para su uso en la UE por la Agencia Europea de Medicamentos. Es decir, actualmente se aceptarían certificados de vacunación de las siguientes vacunas: AstraZeneca, Pfizer-BioNTech, Moderna y Janssen.
Sobre las pruebas aceptadas, es posible proporcionar una prueba de PCR positiva para demostrar una infección anterior (la duración de la inmunidad se establece en un máximo de 180 días), aunque las pruebas serológicas todavía no se consideran como suficientemente fiables.
En resumidas cuentas, el certificado deberá indicar si la persona ha sido vacunada, si tiene anticuerpos o si se encuentra en posesión de una prueba de PCR o una prueba rápida de antígenos.
Además, únicamente aparecerán en el certificado los datos necesarios, como nombre, fecha de nacimiento, fecha de emisión del certificado, información relacionada con la situación personal de la persona (vacunación, pruebas negativas o anticuerpos) y un identificador único del certificado.
¿Cómo funcionará?
El certificado, ya sea digital o impreso, dispondrá de un código QR que contiene una firma electrónica que permitirá confirmar su autenticidad, el cual podrá ser leído por todos los países de la Unión Europea.
Por tanto, podrá ser presentado a las autoridades responsables en formato digital, en un teléfono inteligente, o impreso en papel.