El Consejo de Ministros aprobó cambios que afectan directamente a las normas de tráfico y de circulación en España. Te contamos todo lo que necesitas saber para conducir sin riesgos.
Es realmente complicado tratar de sacar algo positivo de un año como el 2020. La pandemia ha copado nuestra vida de formas inimaginables para la gran mayoría, dejando en segundo plano grandes noticias. Es difícil destacar ese tipo de celebración pero, a causa del covid, los fallecidos en las carreteras han disminuido drásticamente. En Valencia, por ejemplo, las víctimas pasaron de 95 a 72, alcanzando un dato histórico jamás conseguido. En toda España han muerto 837 personas, un 21% menos respecto a la misma fecha de 2019, y en Cataluña el descenso ha sido de un 41% con 102 fallecidos. El coronavirus es el gran artífice pero las normas de tráfico y circulación han sido claves para la Seguridad Vial. Una serie de leyes que han sido modificadas tras un Consejo de Ministros del que te contamos todo lo que deberías saber.
El objetivo de esta reforma es rebajar el número de accidentes de tráfico al 50% e implica la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Este último apartado afecta directamente a la regulación de las licencias y el carnet por puntos, un proceso que ha mostrado su solvencia y efectividad. En este artículo os hablamos de lo complicado que resulta aprobar el carnet de conducir a la primera y cómo afrontar ese trámite tranquilamente y con la paciencia necesaria. Los cambios realizados por el anteproyecto presentado en el Consejo de Ministros también modifican el Reglamento General de Circulación, el de Conductores y el de Vehículos.
Si has llegado hasta aquí te estarás preguntado en qué te afecta todo esto. El resumen más sencillo es que las conductas de riesgo se castigarán con más puntos y dinero, al mismo tiempo que se motivará la formación constante de los conductores. Acciones como mirar el móvil, utilizar una retención infantil no homologada, llevar mal el cinturón de seguridad o ponerse mal el casco de la moto se penalizará más que nunca.
Otro elemento importante es la introducción de un concepto que afecta a los patinetes eléctricos y otros vehículos de nueva factura. A partir de enero de 2021 se les llamará vehículos de movilidad personal y deberán cumplir una serie de normas y tramitaciones. Te contamos más a continuación.
¿Cuánto entrarán en vigor estas normas?
Esta serie de reformas entrarán en vigor a partir del próximo 2 de enero de 2021, pero no todas. Aquellas que afectan al Reglamento General de Circulación y cambios de velocidad, que comentaremos más adelante, serán oficiales seis meses más tarde.
El móvil ni tocarlo
Según un estudio publicado por la Fundación Línea Directa, junto el Intras (Instituto de Tráfico y Seguridad Vial), el móvil supone más del 20% de muertes en la carretera. El año pasado 390 personas fallecieron por el uso del dispositivo durante la conducción. Este error será castigado con 6 puntos del carnet, cuando hasta ahora eran 3.
El cinturón no es una opción
La gran mayoría de conductores, y pasajeros, no dudan al subirse al coche: se colocan el cinturón. Sin embargo, los estudios demuestran que el 20% de los fallecidos en turismos y furgonetas no llevaba el cinturón puesto y el 50% se habrían podido salvar de llevarlo puesto. Esta infracción supondrá perder 4 puntos del carnet y colocarlo mal también estará penalizado. Dicha multa también tendrá en cuenta los sistemas de retención infantil.
Más lentos, más seguros
Uno de los cambios más significativos es la reducción a 30 km/h de la velocidad límite en vías urbanas de un solo carril. Muchas ciudades ya han tomado la iniciativa en este aspecto pero, a partir de enero, será una norma conjunta. Esa velocidad deberá bajar a los 20 km/h en calles que no tengan diferencia entre la zona peatonal y la carretera que usan los coches.
Adelantar más seguro
Cuando queríamos adelantar era posible rebasar el límite de velocidad en 20 km/h. Ese margen desaparece a partir de enero de 2021 y no se podrá superar dicho tope al adelantar a otro vehículo. Este cambio llega para evitar las colisiones frontales.
Le toca el turno a los patinetes
Los patinetes eléctricos y otras alternativas urbanitas han circulado sin límites hasta ahora. A partir de enero se les considerará vehículos de movilidad personal y deberán tener un certificado de circulación pasados 24 meses tras la aplicación de la reforma. Este tipo de vehículo tendrá que ir a velocidades de entre 6 y 25 km/h y no podrán utilizar las aceras, zonas peatonales o vías interurbanas (túneles, autopistas y autovías). Estos cambios no afectan a los vehículos de personas con movilidad reducida.
Cambios en la formación
Este Real Decreto también afecta a la formación de los conductores. Por ejemplo, con 18 años podrás presentarte al carnet de camión cuando, hasta ahora, necesitabas 21 años. Los conductores podrán recuperar 2 puntos del carnet realizando cursos de conducción certificados por la Dirección General de Tráfico.
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