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Cómo calcular la declaración de la renta si he estado en un ERTE este año

La crisis del coronavirus podría haber cambiado la tributación para los afectados de los ERTE: esto es todo lo que tienes que tener en cuenta

¿Cómo se puede hacer el cálculo de la declaración del IRPF si te han metido dentro de un ERTE? En primer lugar, puedes preguntarte si, efectivamente, estás obligado a presentar el modelo a la Agencia Tributaria. La respuesta es que sí, aunque con el matiz de que depende de las cantidades que se hayan generado.
Para ello, hay que hacer la distinción entre un ERTE de reducción de jornada y una suspensión de empleo. En el primer caso, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) pagará su parte correspondiente y la empresa la suya, mientras que en el segundo será el SEPE el que hará su abono únicamente durante el periodo de vigencia del expediente de regulación de empleo.
En ambos supuestos las cifras percibidas serán consideradas rendimientos íntegros del trabajo, ya que las prestaciones por desempleo reciben tal condición y tributan de cara al pago anual de impuestos.
La situación implica que el trabajador tiene dos vías de pago. Así, Hacienda fija que el contribuyente que tiene dos o más pagadores debe presentar su declaración si sus rendimientos del trabajo superan los 14.000 euros y la cantidad pagada por el segundo pagador (y sucesivos) excede los 1.500 euros.
Por tanto, en caso contrario, los rendimientos del trabajo deben superar los 22.000 euros. De este modo, y profundizando en esta materia, nos podemos encontrar con que la figura del segundo pagador provoque que muchos ciudadanos tengan la obligación de presentar la declaración del IRPF en la primavera del 2021.

Los principales afectados

En la actualidad, centrándose en el concepto de los rendimientos del trabajo, un ciudadano estaba exento de presentar la declaración del IRPF si no superaba los 22.000 euros brutos al año para un solo pagador.
Pero, como se ha indicado, si se tienen dos o más pagadores, a Hacienda le interesa saber si se superan los 1.500 euros anuales. ¿Cuál es el motivo? Efectivamente, porque si se superan los 1.500 euros el límite para estar exento de presentar la declaración baja hasta esa cifra de 14.000 euros.
El otro problema es que el SEPE apenas retiene en relación con una empresa privada, y esto, si finalmente estamos obligados a presentar la declaración, supondrá un desembolso importante en la próxima campaña de la renta.
Que la declaración salga a pagar o devolver dependerá en gran medida de las retenciones de IRPF aplicadas durante el año. Si estas han sido muy bajas, le tocará pagar. Si en cambio ha puesto por adelantado más dinero del que debía pagar, la Agencia Tributaria se lo devolverá.
Como las retenciones de las prestaciones por ERTE son prácticamente nulas, y además su percepción puede ocasionarle la obligación de presentar la declaración, es probable que se encuentre con que la declaración salga a pagar o que el importe de la devolución sea muy reducido.

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