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Las claves de la nueva ley rider que obliga a contratar a los repartidores

Entrará en vigor el próximo agosto, cuando acabe el plazo para que las empresas se adapten.

Los riders no son falsos autónomos, sino que deben percibir un salario. Es el principal imperativo que recoge la nueva ley que regula la actividad de los repartidores de plataformas digitales como Glovo o Deliveroo, y que ha sido aprobada en el Congreso de los Diputados y registrada en el BOE. La ley entrará en vigor el próximo 12 de agosto, después de que se cumpla el período de tres meses que tienen las empresas para integrar los nuevos cambios y adaptarse a la nueva legislación.

Presunción de laboralidad

Desde hace meses, varios trabajadores del sector se habían querellado y enfrentado legalmente a sus empleadores demandando unas condiciones de trabajo y un sueldo más dignos. Numerosos tribunales, incluido el Tribunal Supremo, dictaron sentencias que le daban la razón a los empleados, y la ministra de trabajo, Yolanda Díaz, presentó en el Congreso el borrador de una ley que pretendía dar cobertura y protección a los riders en el desempeño de su trabajo.

Hasta ahora, en la mayoría de estas plataformas digitales los trabajadores estaban trabajando como falsos autónomos, es decir, dados de alta en la Seguridad Social y pagando ellos mismos su cuota sin que la empresa se hiciese cargo. La principal novedad de la Ley rider, por lo tanto, es que esto queda completamente suprimido, y la empresa deberá contratar a los repartidores y pagarles un salario acorde con su actividad, además de cotizar por ellos en la Seguridad Social y cumplir con el resto de derechos que refleja el Estatuto de los Trabajadores, como vacaciones pagadas, pago de horas extra, etc.

La nueva normativa introduce una disposición adicional que habla de la presunción de laboralidad en las actividades de reparto de productos y mercancías a través de aplicaciones digitales, donde la empresa en todo momento tiene el control de la actividad y las condiciones laborales del trabajador.

Obligadas a informar sobre sus algoritmos

Otra de las novedades más destacadas de la nueva norma es que la empresa está obligada a informar de cómo funcionan sus algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial que puedan influir en la actividad laboral del trabajador. Así, si lo solicitan, los representantes legales de los empleados de este tipo de plataformas podrán tener conocimiento de los procesos de elaboración de perfiles, y de los parámetros y reglas que rigen los algoritmos en las aplicaciones, y que conllevan tomas de decisiones que pueden influir en el desempeño laboral y las condiciones de trabajo.

Las reacciones a la nueva ley por parte de las plataformas aludidas ha sido bastante adversa. Marcas como Deliveroo, Glovo o UberEats se han manifestado radicalmente en contra, ya que entienden que la norma se ha redactado sin contar con ellos y les supone un perjuicio económico muy considerable, ya que dejan de ahorrarse la cuota de la Seguridad Social de todos los trabajadores. Tampoco les ha gustado verse obligadas a revelar cómo funcionan sus algoritmos.

Sin embargo, no todo ha sido oposición. La plataforma JustEat ha recibido la nueva legislación con simpatía, y asegura que da seguridad jurídica a los trabajadores y esto beneficia a la empresa. JustEat ha destacado que llevan años empleando a sus trabajadores como empleados por cuenta ajena, y que la normativa marcará la pauta para legislar sobre esta cuestión en toda Europa.

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