Declaración de la renta para autónomos: todo lo que debes saber
El proceso para presentar la renta para los trabajadores por cuenta propia presenta diferencias notables respecto al de los empleados por cuenta ajena.
Los autónomos son un colectivo que se ha visto especialmente afectado en lo económico por la crisis mundial derivada de la aparición de la covid-19. Son los que más impedimentos se encuentran y los que más dinero pueden perder si no se aplican correctamente las deducciones. El proceso para presentar la renta es diferente al de los trabajadores por cuenta ajena.
Todos ellos deben declarar el IRPF, a excepción de aquellos que obtuvieron rentas inferiores a 1 000 euros entre rendimientos del trabajo y del capital. Además, no están obligados a hacerla quienes hayan obtenido rentas inferiores a 22 000 euros anuales procedentes de un único cliente. En el caso de que las rentas conseguidas procedan de varios pagadores, el máximo se situará en 11 200 euros.
Asimismo, también estarán exentos los autónomos cuyos rendimientos de inmuebles tengan un límite conjunto de 1 000 euros anuales y los rendimientos de capitales no superen en su conjunto los 1 600 euros anuales.
También tienen que enfrentarse a la dificultad existente a la hora de presentar los gastos. Si se acogen bien a las deducciones podrán obtener un importante ahorro en el resultado final, pero también pueden enfrentarse a sanciones futuras si se aplican erróneamente.
Juegan además con una desventaja que no tienen los empleados por cuenta ajena, puesto que la Agencia Tributaria no dispone de los datos que sí posee del resto de trabajadores. De esta manera, obtener el borrador de la declaración no es tan fácil como comprobar que los datos son correctos y validarlos. Otra de las circunstancias desfavorables es que los servicios de Hacienda para ayudarte a hacer la declaración no serán efectivos salvo que tribute por el sistema de módulos o de estimación objetivo, donde no están presentes la mayor parte de los profesionales y de los llamados ‘freelance’.
¿Qué deben rellenar los autónomos?
Los autónomos deben rellenar el apartado de rendimientos de actividades económicas, recogiendo las declaraciones trimestrales del IVA e incluyendo los gastos que se han ido declarando a lo largo del año en el caso de que se encuentren en estimación directa, que es el régimen en el que tributa la mayoría de este colectivo.
El primer paso para hacer la renta cono autónomo es indicar el tipo de actividad realizada y el grupo o epígrafe del IAE en las casillas 0166 y 0167 respectivamente, información que puede tomar a través de los datos fiscales o en el documento resultante al darse de alta como autónomo o en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
En el caso de que realice más de una actividad, hay que reflejar ambas y posteriormente dividir los ingresos en función de cada una de ellas, del mismo modo que las deducciones.
Si el pagador ha rellenado correctamente los modelos 111 de retención a cuenta de IRPF, la Agencia Tributaria reflejará todos o la mayoría de los ingresos ordinarios. Es posible que aparezcan diferencias si alguna factura de diciembre se ha presentado en enero o hay algún descuido a la hora de incluirla en la facturación. Los ingresos como autónomo se encuentran entre las casillas 0171 y 0179.
Aquellos que se hayan visto obligados a cesar su actividad y hayan recibido ayudas, deberán tributar por ellas aunque hayan sufrido pérdidas, al no estar exentas y sí sujetas al IRPF como rendimientos del trabajo. Solo quedan libres de impuestos los primeros 2.000 euros.