Cómo solicitar el borrador de la Renta 2020-2021
El plazo para tramitar la declaración de la Renta 2020 (es decir, la correspondiente al pasado ejercicio económico de 2020) comienza hoy, 7 de abril de 2021, día desde el que podemos solicitar el borrador de la declaración.
El plazo para tramitar la declaración de la Renta 2020 (es decir, la correspondiente al pasado ejercicio económico de 2020) comienza hoy, 7 de abril de 2021, día desde el que podemos solicitar el borrador de la declaración, aunque por el momento solo podrá ser posible hacerlo de forma telemática, a través de la página web oficial de la Agencia Tributaria.
De hecho, no será hasta el 4 de mayo cuando se abra el plazo de cita previa para la presentación de la declaración de la Renta por teléfono (cuyas gestiones, dicho sea de paso, empezarán el 6 de mayo), y desde el 2 de junio será posible hacerla de manera presencial en las oficinas que nos correspondan.
Teniendo todo esto en cuenta, es aconsejable comenzar a analizar cómo nos habría podido afectar la pandemia del coronavirus, la cual originó que millones de personas sufrieran un ERTE de suspensión, una reducción de jornada o, en el caso de trabajadores por cuenta propia, tuvieran la necesidad de acogerse al cese de actividad a consecuencia del parón en su actividad o como consecuencia de la reducción de ingresos sufrida por la COVID-19.
De esta manera, si recibimos alguna prestación abonada por el SEPE o por la Mutua en concepto de prestación por cese de actividad, debes saber que este tipo de ingresos son considerados como rendimientos del trabajo, no estando exentos. Lo que significa que, por ejemplo, si hemos ganado más de 22.000 euros de un único pagador o hemos cobrado más de 14.000 euros de más de un pagador y hemos ingresado más de 1.500 del segundo y siguientes tendremos la obligación de presentar la declaración.
Si prefieres ponerte manos a la obra y empezar con el proceso, uno de los primeros pasos a seguir es solicitar el borrador de la declaración de la Renta. Te los explicamos a continuación.
Solicitando nuestro borrador de la Renta 2020-2021 paso a paso
En primer lugar debemos dirigirnos a la página web oficial de la Agencia Tributaria. Una vez dentro, debemos pulsar en el apartado Renta 2020 (que encontrarás fácilmente dentro del apartado ‘Campañas destacadas’). Y, seguidamente, pulsar en el enlace Servicio de tramitación del borrador/declaración (Renta WEB).
Desde el momento en que pulsemos el sistema nos derivará a una página donde nos solicita nuestros datos. En este instante podemos hacerlo introduciendo nuestro DNI/NIE y, seguidamente, tendremos que ingresar la fecha de validez de nuestro DNI. Una vez introducido, y tras pulsar Continuar, el sistema nos pregunta si deseamos acceder mediante nuestra Cl@ve o con la referencia de acceso (que podremos obtenerla fácilmente con el contenido de la casilla 505 de la Renta 2019, correspondiente a la ‘Base liquidable general sometida a gravamen’).
No obstante, en caso de que dispongas de certificado electrónico o DNI electrónico el proceso para acceder es mucho más sencillo, dado que únicamente debes seleccionar esta opción y autenticarte escogiendo el DNI electrónico e introduciendo tu código PIN, o bien seleccionando tu certificado.
Si todo está correcto, será posible obtener el borrador de forma inmediata una vez pulses en el botón Servicio de tramitación borrador/declaración (Renta WEB). De hecho, a partir de ese instante será posible acceder a nuestros datos fiscales y, después de revisarlos, trasladarlos al borrador para añadirlos o modificarlos en caso de ser necesario.
Recuerda que es de vital importancia no fiarse de la información que aparece en los datos fiscales, siendo fundamental revisarlos bien para comprobar si existe algún error o si incluso faltan ingresos o posibles deducciones (como podría ser el caso de la deducción de maternidad).
Después de haber llevado a cabo los cambios necesarios, o haber comprobado que todo es correcto, podemos proceder a validar el borrador y, finalmente, presentar la declaración de la Renta 2020.
¿Cómo obtener el número de referencia?
Aunque brevemente te hemos explicado en las líneas anteriores de qué forma es posible obtener el número de referencia, necesario para poder acceder a los distintos trámites de Renta y fundamental a la hora de confirmar nuestro borrador y / o presentar la declaración, es cierto que suele ser un paso en el que muchos usuarios, año tras año, tienen dudas.
Pero lo cierto es que, en realidad, es un proceso bastante simple, siempre y cuando dispongas de acceso mediante Cl@ve, certificado electrónico, DNI electrónico o el valor que aparece en la casilla 505 de la Renta 2019.
El número de referencia consiste básicamente en un sistema de autenticación e identificación, necesario para llevar a cabo los distintos trámites y gestiones a lo largo de la campaña de Renta.
Para obtenerlo, debes acceder a la opción Obtenga su número de referencia, directamente desde la página oficial de Renta. Una vez dentro, podremos hacerlo fácil y rápidamente con nuestro certificado o DNI electrónico. O, en caso de no disponer de ninguno de los dos, a través de nuestro DNI, su fecha de validez y la “Base liquidable general sometida a gravamen” de la Renta 2019, que encontramos dentro de la casilla 505 de la misma.
¿Existen otros medios para presentar el borrador?
Recuerda que a partir del próximo 6 de mayo, hasta el 30 de junio de 2021, será posible obtener el borrador por vía telefónica a través de ‘Le llamamos’.
Mientras que, a partir del 4 de mayo será posible solicitar cita previa para la confección de la Renta con la ayuda de personal de la Agencia Tributaria a través de la página web oficial o a través de los teléfonos 91 535 73 26 o 901 12 12 24 (servicio automático), o bien 91 553 00 71 o 901 22 33 44 (atención personal).
Por último, no olvides que la Campaña de la Renta 2020-2021 finalizará el próximo 30 de junio de 2021. Como vemos, y comenzando desde hoy, disponemos de bastante tiempo para solicitar el borrador, confeccionarlo y presentarlo con calma.